El CNE informó este martes sobre el aumento en el número de diputados
electos a la Asamblea Nacional. Ahora serán 277 los parlamentarios elegibles.
El ente también indicó que los comicios se realizarán en diciembre de 2020.
«Se incrementa el número de cargos a elegir, pasando de 167 diputados y
diputadas a 277, lo que representa un incremento de 66%, mostrando un
desarrollo normativo claro», dijo Indira Alfonzo, rectora principal.
¿Cómo se define el número de diputados?
Son elegidos tres diputados por cada entidad federal y tres de los
cuales son legisladores especiales electos por los pueblos indígenas. Esto en
votación universal, directa, personalizada y secreta por medio de
representación proporcional, según la base poblacional del 1,1% de la población
total del país.
Los diputados pueden ser reelegidos sin límite debido a la aprobación
de la enmienda Nº 1. de la Constitución el 15 de febrero de 2009, regresando al
régimen que establecía la anterior Constitución de 1961 establecía la
reelección indefinida, además los diputados tienen un suplente, escogidos en el
mismo proceso.
Mayorías
Para la aprobación de leyes se requieren distintos tipos de mayoría. Se
encuentra la mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los diputados
presentes, que se utiliza en todas las decisiones que se someten a votación con
excepción de aquellas en las que la Constitución exige otra mayoría, y plantea
que las decisiones se toman por la mayoría de los votos de los asistentes.
Otro tipo de mayoría es la de las 3/5 partes. Esta es para aprobar la Ley
Habilitante al presidente de la República, para emitir voto de censura contra
el vicepresidente o los ministros. Se necesitan -actualmente- 101 Diputados.
Mayoría calificada. Es en la que las decisiones se toman por los 2/3 de
los votos, es decir de 112 diputados. Esta se requiere para convocar a una
Asamblea Constituyente o Reforma a la Constitución, aprobar las Leyes
Orgánicas, nombrar y remover a los magistrados del TSJ, miembros del Poder
Ciudadano, los Rectores del CNE y someter a referendo aprobatorio las Leyes.
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